El Ayuntamiento de Negreira abre del 16 al 29 de junio el plazo de inscripción para el programa Negreira Concilia, en los servicios de Madrugadores y Meriendas, que se desarrollarán en las instalaciones del CEIP O Coto durante el próximo curso escolar. Las plazas son limitadas.
El objetivo de este programa es facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral de las familias del municipio, ofreciendo un servicio de atención y cuidado a los menores en un entorno seguro y adaptado a sus necesidades.
Los servicios de Madrugadores y Meriendas están dirigidos a menores con edades comprendidas entre los 3 y los 12 años.
Para poder acceder a estos servicios, es requisito indispensable que los menores estén matriculados en el CEIP O Coto de Negreira.
Negreira Concilia Madrugadores
Se prestará de lunes a viernes, en días lectivos, durante el período escolar, en el CEIP O Coto. El horario abarcará desde las 7:30 horas hasta el inicio de las clases.
Negreira Concilia Meriendas
Se prestará de lunes a viernes, en días lectivos, durante el período escolar, en el CEIP O Coto. Consiste en la ampliación del horario de salida del centro escolar tras el servicio de comedor en tres horas durante el período lectivo, de septiembre a junio.
Requisitos de acceso al servicio
• Familias empadronadas en el Ayuntamiento de Negreira.
• Familias en las que ambos progenitores o tutores legales estén trabajando o en situación de búsqueda activa de empleo o formación laboral.
• En el caso de los servicios de Madrugadores y Meriendas, podrán acceder a ellos aquellas niñas y niños que estén matriculados en el CEIP O Coto.
Solicitudes
La solicitud de admisión se tramitará, preferiblemente, a través de la sede electrónica (24 horas) o en el Registro del Ayuntamiento (de 9:00 a 14:00 horas), junto con la siguiente documentación complementaria:
• Modelo normalizado de ficha de inscripción.
• Libro de familia, sentencia o resolución administrativa que acredite la relación jurídica entre ambos progenitores.
• Justificante de la situación laboral (certificado de empresa, último recibo de autónomos y, en el caso de personas desempleadas, certificado de demandante de empleo).
• Justificante de la necesidad del servicio por incompatibilidad horaria (certificado de empresa que acredite el horario laboral; certificado de demandante de empleo junto con el justificante de realizar una búsqueda activa de empleo; o justificante de asistencia a acciones oficiales de formación para el empleo coincidentes con el horario de desarrollo de los programas ofertados en la presente ordenanza).
El personal técnico responsable del servicio, una vez analizadas y aceptadas las solicitudes, publicará un listado provisional para requerir la documentación complementaria o adicional que sea necesaria.
En el caso de que las solicitudes superen el número de plazas ofertadas y todas cumplan los criterios establecidos, se realizará una selección de las familias por orden de inscripción.
Criterios de adjudicación de las plazas
1.º Familias que aporten informe social que indique la necesidad del servicio con base en circunstancias socioeconómicas y familiares.
2.º Familias con hijas o hijos de mujeres víctimas de la violencia de género (con acreditación).
3.º Familias monoparentales (con acreditación).
4.º Familias con menores en régimen de acogimiento (con acreditación).
5.º Familias numerosas (con acreditación).
6.º Familias en las que los progenitores, o alguno de ellos, tengan reconocido un grado III de dependencia, debiendo acreditar esta circunstancia mediante informe de los Servicios Sociales que indique la necesidad del servicio.
7.º Familias en las que alguno de los progenitores desarrolle su puesto de trabajo como empleado público en el Ayuntamiento de Negreira.
Tarifas
Las tarifas de los precios públicos aparecen recogidas en la Ordenanza reguladora del precio público del Programa Concilia 2026 del Ayuntamiento de Negreira (BOP del 21 de mayo de 2026, núm. 94) y serán las siguientes:
MADRUGADORES
• 1,20 € por hora.
• Se admitirá la utilización de este servicio por quincenas, si el límite de plazas así lo permite, teniendo prioridad la modalidad mensual.
MERIENDAS
• 1,20 € por hora.
• Se admitirá la utilización de este servicio por quincenas, si el límite de plazas así lo permite, teniendo prioridad la modalidad mensual.
Reducciones de la cuota
a) Reducción por causas sociales acreditadas mediante informe social del departamento de Servicios Sociales.
b) Reducción por hermanos: cuando asistan al mismo servicio varios hermanos de forma simultánea, el segundo hermano y los sucesivos tendrán un descuento del 50 %.
La obligación de pago de los precios regulados nace desde el inicio de la prestación de los distintos servicios. Las personas usuarias deberán efectuar el pago al Ayuntamiento una vez admitidas en el servicio correspondiente.